Subvenciones municipales contra la exclusión social

¿QUÉ ES? ¿EN QUE CONSISTE?

Se trata de ayudas sociales extraordinarias (económicas) destinadas por el Ayuntamiento a aquellas personas que no disponen de recursos suficientes para hacer frente a gastos de extrema necesidad, tanto ordinarios como extraordinarios. Se trata de gastos imprescindibles para llevar una vida digna, es decir, para cumplir con unos parámetros mínimos de salud, higiene, vivienda, etc.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

La beneficiaria deberá estar empadronada en Mendaro tanto en el momento de iniciar la tramitación del expediente como en el de dictarse la resolución.

Excepcionalmente, también se podrán acoger a las ayudas personas que tengan su residencia efectiva en Mendaro; en este caso, el padrón deberá regularizarse posteriormente

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Para que la persona solicitante y su unidad familiar puedan acceder a estas ayudas, los servicios sociales deberán acreditar la insuficiencia de recursos económicos para hacer frente al gasto.


Una vez aceptada la subvención, la persona beneficiaria u otros miembros de su unidad de convivencia deberán comprometerse a elaborar un Plan de Atención Individualizada (PAI).

Asimismo, deberá asegurarse de que no existe posibilidad de acceder a otras prestaciones económicas para cubrir esta necesidad.

La persona beneficiaria realizará la solicitud, previa valoración favorable del gasto por parte del trabajador social y tras comprobar la no existencia de otras ayudas públicas que puedan cubrir ese gasto.

¿COMO SE PUEDE SOLICITAR?

    Presencial:
  • Servicio de Atención a la Ciudadanía, en la planta baja del Ayuntamiento. De lunes a viernes.
    Herriko Enparantza 1 20850 MENDARO
    9:00-14:00
    943-033282
    943-033281

      Por internet:

      COSTE

      No tiene.

      PLAZO DEL PROCEDIMIENTO

      NORMATIVA APLICABLE

      En lo no previsto en estas bases, se estará a lo establecido en: Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones en el Ayuntamiento de Mendaro, aprobada el 27 de febrero de 2024 (BOG N 48 de fecha 7/03/2024); Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones; y Real Decreto 887/2006, y su normativa de desarrollo, Ley 12/2008, de servicios sociales, Ley 12/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión Decreto 4/2011 de Ayudas de Emergencia Social

      TRAMITES DEL PROCEDIMIENTO

      Ver punto 6 de las bases

      UNIDAD RESPONSABLE

      Ciudadania - Bienestar Social

      OTROS ASPECTOS DE INTERÉS

      PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

      De conformidad con lo establecido los Art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales y los Arts. 13 y 14 del Reglamento General de Protección de Datos, por el que se regula el derecho de información, otorga su consentimiento al Ayuntamiento de Mendaro, para que proceda, en el cumplimiento de los fines mencionados en el apartado anterior, al tratamiento de los datos personales facilitados. No obstante, en cualquier momento usted podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho “al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad, oposición y decisiones individualizadas, a través de la dirección: Herriko Enparantza 1. 20.850 MENDARO o al email: erregistroa@mendaro.eus