El Ayuntamiento de Mendaro contempla en los presupuestos municipales para el ejercicio 2024 la concesión de subvenciones. A través de dichas ayudas se quiere colaborar en las múltiples actividades que asociaciones y entidades diversas desarrollan en diferentes ámbitos y disciplinas consideradas de interés municipal.
A través de las subvenciones a conceder se pretende colaborar con dichas asociaciones y entidades en la intervención en diferentes ámbitos.
Por todo ello, el Ayuntamiento de Mendaro realiza, en el marco de sus recursos presupuestarios, convocatoria pública de libre concurrencia para subvenciones a proyectos.
Las personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones podrán ser:
Personas jurídicas o físicas y organismos públicos o privados que realicen sus actividades en el ámbito de MENDARO, siempre que su objetivo sea llevar a cabo, mediante dichas subvenciones, alguna actividad de uso público o de interés social o que trabajen en pos de algún objetivo público.
Asimismo, también podrán optar por la subvención las entidades que no pertenezcan a Mendaro pero que realicen actividades en esta localidad, siempre y cuando estén debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones que les corresponda, y planteen actividades consideradas de interés para el municipio de Mendaro.
En cualquier caso, no se concederá ningún tipo de ayuda o subvención a ninguna asociación o entidad que discrimine por razón de sexo en su proceso de admisión o en su funcionamiento. Si el Ayuntamiento advirtiera que la asociación o entidad discrimina por razón de sexo, de conformidad con la ley sobre la igualdad, la ayuda económica quedaría condicionada. Este aspecto deberá de estar contemplado en los reglamentos de funcionamiento o estatutos de las asociaciones o entidades, es decir, en el proceso de admisión o funcionamiento no habrá discriminación por razón de sexo. Por consiguiente, las asociaciones o entidades, deberán de presentar en el momento de la justificación de la ayuda económica el compromiso activo sobre la no discriminación por razón de sexo, y ello se contemplará en los reglamentos de funcionamiento o estatutos de la entidad.
Para realizar la solicitud de subvención, deberá presentarse la siguiente documentación:
• Instancia de solicitud oficial.
• NIF (si la solicitud es de una entidad pública o privada).
• Certificado expedido por un banco o caja de ahorros de que la entidad solicitante tiene abierta una cuenta corriente.
• Fichas relativas a las iniciativas (se especifica en las bases de cada programa)
Las solicitudes podrán presentarse de forma presencial o telemática por personas físicas, y sólo telemática por personas jurídicas.
• De forma presencial, en el Registro General del Ayuntamiento (Herriko Plaza, s/n).
• De forma telemática, en el apartado subvenciones de los servicios telemáticos del ayuntamiento (www.Mendaro.eus).
Asimismo, también podrán presentarse en los lugares mencionados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No tiene.
1. Bases generales, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Municipal reguladora de la concesión de subvenciones (Boletín Oficial de Gipuzkoa 30/12/2009 nº246), en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que fijan las disposiciones generales comunes a todas las convocatorias, procedimiento a seguir para la solicitud, beneficiarias, requisitos exigidos a las personas solicitantes, plazos de presentación, importe global destinado a estas ayudas, concesión, justificación del destino de la subvención, abono de las subvenciones, etc.
2. Bases específicas, que el área establece dentro de los ámbitos de su competencia, donde se concretan las particularidades de cada programa de ayudas, entre otras, los criterios de asignación y reparto de la subvención y documentación adicional a presentar.
1.- El personal técnico del área evaluará las solicitudes de subvención y se encargará de realizar un informe.
2.- A continuación, la Comisión General de Subvenciones dictará una propuesta de resolución
3.- El anuncio relativo a la propuesta de resolución se publicará en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y la persona interesada tendrá un plazo de 10 días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para presentar las alegaciones oportunas.
4.- Si hubiese alegaciones, el órgano colegiado dictará la propuesta de resolución definitiva y, si no las hubiese, se tomará la propuesta de resolución como definitiva.
5.- Finalmente, mediante decreto de alcaldía se dictará la resolución definitiva relativa a dichas subvenciones.
La propuesta de resolución y la resolución definitiva también se publicarán en el tablón de anuncios del ayuntamiento y la página web www.MENDARO.eus.
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