Devolución del impuesto de vehículos por baja

¿QUÉ ES? ¿EN QUE CONSISTE?

El/La propietario/a de un vehículo dado de baja definitiva o baja temporal por sustración o robo tiene derecho a la devolución proporcional (ver fórmula) del importe abonado por el impuesto sobre vehículos desde el mes siguiente al de la baja y hasta el 31 de diciembre.

Importe anual x Nº de meses que restan

12 meses

Para hacer este trámite es necesario dar previamente de baja el vehículo en los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos (desguaces autorizados), los cuales comunican la baja a la Jefatura Provincial de Tráfico que, a su vez, informa al Ayuntamiento de todas las bajas tramitadas a mes vencido.. También la declaración en la Jefatura de Tráfico en los supuestos de Baja temporal por sustracción o robo del vehículo

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

El o la titular del vehículo o su representante.

También se realizará de oficio.

Plazo de solicitud de la devolución

4 años, produciéndose la prescripción una vez transcurrido ese plazo.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

1.- Solicitud en modelo específico. (Mod. 2-zerg-5.1-17)
2.- Si realiza el trámite la persona interesada:
· Documento original de su DNI, NIF o pasaporte, permiso de conducir, o en su caso permiso de residencia o NIE.
3.- Solicitud mediante persona autorizada deberá aportar:
· Escrito de representación.
· Original del documento de identificación de la persona representante.
· Original o copia del documento de identificación de la persona representada.
4.- En el caso de baja definitiva, alguno de los siguientes documentos que acrediten el derecho de devolución:
· Certificado del desguace de destrucción del vehículo.
· Parte de baja de la Jefatura Provincial de Tráfico.
· Documento de baja expedido por la DGT (si la baja se ha producido con una antelación de 2 o más meses, no es necesario ya que constará en el Ayuntamiento).
5.- En el caso de baja temporal por sustracción o robo:
· Denuncia de sustracción o robo.
· Parte de baja de la Jefatura Provincial de Tráfico.
6.- Justificante de haber abonado el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al año de la solicitud (solo si se solicita la devolución durante el período de pago voluntario)

¿COMO SE PUEDE SOLICITAR?

    Presencial:
  • Servicio de Atención a la Ciudadanía, en la planta baja del Ayuntamiento. De lunes a viernes.
    Herriko Enparantza 1 20850 MENDARO
    9:00-14:00
    943-033282
    943-033281

    Por teléfono:
  • Telefónicamente
    943033282

    Por internet:

    COSTE

    El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento.

    PLAZO DEL PROCEDIMIENTO

    • Plazo estimado: 3 meses
    • Procedimiento habitual. Plazo limite legal: 6 meses
    • Carácter del silencio administrativo: Negativo

    NORMATIVA APLICABLE

    TRAMITES DEL PROCEDIMIENTO

    1. Presentación de la solicitud y resto de documentación requerida.
    2. Comprobación de los datos e informe técnico.
    3. Resolución de Alcaldía y Notificación.

    UNIDAD RESPONSABLE

    Organizacion - Tesorería

    OTROS ASPECTOS DE INTERÉS

    PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

    De conformidad con lo establecido los Art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales y los Arts. 13 y 14 del Reglamento General de Protección de Datos, por el que se regula el derecho de información, otorga su consentimiento al Ayuntamiento de Mendaro, para que proceda, en el cumplimiento de los fines mencionados en el apartado anterior, al tratamiento de los datos personales facilitados. No obstante, en cualquier momento usted podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho “al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad, oposición y decisiones individualizadas, a través de la dirección: Herriko Enparantza 1. 20.850 MENDARO o al email: erregistroa@mendaro.eus