El/La propietario/a de un vehículo dado de baja definitiva o baja temporal por sustración o robo tiene derecho a la devolución proporcional (ver fórmula) del importe abonado por el impuesto sobre vehículos desde el mes siguiente al de la baja y hasta el 31 de diciembre.
Importe anual x Nº de meses que restan
12 meses
Para hacer este trámite es necesario dar previamente de baja el vehículo en los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos (desguaces autorizados), los cuales comunican la baja a la Jefatura Provincial de Tráfico que, a su vez, informa al Ayuntamiento de todas las bajas tramitadas a mes vencido.. También la declaración en la Jefatura de Tráfico en los supuestos de Baja temporal por sustracción o robo del vehículo
El o la titular del vehículo o su representante.
También se realizará de oficio.
Plazo de solicitud de la devolución
4 años, produciéndose la prescripción una vez transcurrido ese plazo.
1.- Solicitud en modelo específico. (Mod. 2-zerg-5.1-17)
2.- Si realiza el trámite la persona interesada:
· Documento original de su DNI, NIF o pasaporte, permiso de conducir, o en su caso permiso de residencia o NIE.
3.- Solicitud mediante persona autorizada deberá aportar:
· Escrito de representación.
· Original del documento de identificación de la persona representante.
· Original o copia del documento de identificación de la persona representada.
4.- En el caso de baja definitiva, alguno de los siguientes documentos que acrediten el derecho de devolución:
· Certificado del desguace de destrucción del vehículo.
· Parte de baja de la Jefatura Provincial de Tráfico.
· Documento de baja expedido por la DGT (si la baja se ha producido con una antelación de 2 o más meses, no es necesario ya que constará en el Ayuntamiento).
5.- En el caso de baja temporal por sustracción o robo:
· Denuncia de sustracción o robo.
· Parte de baja de la Jefatura Provincial de Tráfico.
6.- Justificante de haber abonado el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al año de la solicitud (solo si se solicita la devolución durante el período de pago voluntario)
El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento.
Organizacion - Tesorería
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