Concesión de subvenciones para organizaciones no gubernamentales para el desarrollo de los siguientes programas:
a) Actividades de sensibilización.
b) Para el desarrollo de proyectos de cooperación en paises en vías de desarrollo.
Estas subvenciones las publica el ayuntamiento anualmente. Véase: Subvenciones
Podrán solicitar subvención las Organizaciones No Gubernamentales, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, cuya actividad se corresponda con el objeto de la presente convocatoria, estén inscritas en la Comunidad Autónoma Vasca o Navarra, y que tengan en Bergara o en Debagoiena (Alto Deba) su sede social, una delegación o una estructura administrativa permanente.
Para solicitar las subvenciones, se deberán presentar los siguientes documentos, debidamente cumplimentados y firmados:
a) Para sensibilización
- Solicitud de subvención, utilizando el impreso F0098A (D01)
- Solicitud de subvención - Resumen del proyecto, utilizando el impreso F0098 (D10)
- Solicitud de subvención - Presupuesto, utilizando el impreso F0098 (D14).
- Solicitud de subvención - Datos de la ONG, utilizando el impreso F0098 (D16)
b) Para desarrollo
- Solicitud de subvención, utilizando el impreso F0098A (D01)
- Solicitud de subvención - Resumen del proyecto, utilizando el impreso F0098 (D09)
- Solicitud de subvención - Datos de la ONG, utilizando el impreso F0098 (D15)
- Solicitud de subvención - Presupuesto, utilizando el impreso F0098 (D18).
Además, cualquiera que sea la ayuda solicitada, en ambos casos:
- En caso necesario, autorización para realizar trámites municipales, utilizando el impreso F0136.
Nota: Respecto a las asociaciones, propiamente la representación legal de una asociación la ostenta su presidente, que es quien debería presentar las solicitudes, en cuyo caso no sería necesario presentar el impreso F0136. Sí que debe presentar el documento del Registro de Asociaciones donde conste que esta persona es quien ostenta la presidencia.
El/La presidente puede otorgar poder notarial a favor de otra persona, en cuyo caso esta debería presentarlo.
Si la solicitud no la realiza el/la presidente ni la persona con poder notarial, uno/a u otra deberán conceder autorización a una tercera persona mediante el impreso F0136, al que se deberá adjuntar una copia del documento del registro citado en el punto anterior, además del DNI de la persona que ostenta la presidencia o cuenta con poder notarial.
Existe la posibilidad de ejercer la representación voluntaria: (aquí)
En caso de que la solicitud no sea presentada mediante los impresos indicados en este artículo, la misma no será admitida. Así mismo, aun utilizando los impresos, si no se cumplimentan todos los apartados y no figura la información sobre la valoración de los proyectos, dichos puntos quedarán sin valorar.
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La justificación de la subvención se realizará antes del 31 de enero de 2024.
La justificación de la subvención se deberá realizar mediante la presentación de la documentación indicada a continuación. Los impresos deberán presentarse debidamente cumplimentados y firmados.
a) Proyectos de sensibilización:
b) Proyectos de desarrollo:
MÁS INFORMACIÓN:
Servicios Sociales
943 779 100 - luz. 1210
El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.
Alcalde/Alcaldesa
Ayuntamiento de Bergara - Servicios Sociales y Fomento de la Actividad Económica
La convocatoria es anual y el plazo de solicitud se especifica en cada convocatoria.
Los datos personales contenidos en las solicitudes serán tratados bajo la responsabilidad del Ayuntamiento de Bergara, con el fin de tramitar la misma. Podrán ejercitarse los derechos amparados por la normativa vigente, dirigiéndose a la siguiente dirección:
Bergarako Udala
San Martin Agirre Plaza 1
20570 Bergara
La información complementaria se encuentra recogida en el Registro de Actividades de Tratamiento de Datos (www.bergara.eus/RAT).