Las ayudas municipales de emergencia son prestaciones económicas no periódicas, de carácter subvencional, destinadas a aquellas personas integradas en una unidad de convivencia que se encuentren en situación de urgencia económica, de acuerdo con los criterios aprobados por este ayuntamiento.
Las ayudas municipales de emergencia social son subvenciones que se concederán en tanto exista crédito consignado para ello en el Presupuesto Municipal.
Cualquier persona interesada o su representante legal, con la debida autorización.
- Estar empadronadas y tener residencia efectiva en Bergara y haber estado empadronadas y haber tenido residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi al menos con 6 meses de antelación a la fecha de la solicitud.
- Constituir una unidad de convivencia como mínimo con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
- Tener cumplidos 18 años.
- Todas aquellas personas que se identifican en las excepciones recogidas en el art. 5 del Decreto 4/2011 de 18 de enero.
- No disponer de recursos suficientes con los que afrontar los gastos objeto de la solicitud. Se considera que no se dispone de recursos suficientes cuando se cumplen las condiciones recogidas en el art. 13 del Decreto 4/2011 de 18 de enero.
- Documentación acreditativa de la situación personal y/o familiar de la persona solicitante y su unidad de convivencia independiente: DNI, libro de familia,registro de parejas de hecho, sentencia de separación o divorcio...
- Si la solicitud la realiza una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación (F0136) acompañado del DNI, pasaporte, o permiso de residencia de la persona interesada, además del de la persona solicitante.
- Documentación acreditativa de la situación de residencia y/o alojamiento: contrato de alquiler, hospedaje, subarriendo, certificado de estar en un centro, escrituras de propiedad...
- Documentación acreditativa de la situación económica (ingresos y patrimonio): nóminas, declaración de IRPF, certificado de pensiones, certificado de ayudas institucionales, saldos y movimientos bancarios, certificado de bienes...
- Autorización firmada por parte de la persona solicitante y beneficiarias del servicio para que el ayuntamiento pueda recabar datos fiscales de la Hacienda Foral de Gipuzkoa.
- Documentación asociada a la solicitud de ayuda: recibos alquiler, recibos hipoteca, gastos de luz, gas, agua, basura, presupuestos de la emergencia objeto de la solicitud...
- En su caso, otros documentos que la Administración considere oportuno solicitar a fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos
- Otros documentos que la persona solicitante considere convenientes para fundamentar su solicitud.
- Únicamente en los casos en que no se haya autorizado por parte de la persona solicitante y beneficiarias del servicio para que el ayuntamiento pueda recabar datos fiscales de la Hacienda Foral de Gipuzkoa:
Otros:
El Ayuntamiento de Bergara está adherido al Servicio SIR (Sistema de Interconexión de Registros), a través del cual las personas interesadas podrán presentar solicitudes y otros documentos dirigidos al ayuntamiento en otras administraciones de forma segura y con conformidad legal. Por lo tanto, también se pueden registrar:
MÁS INFORMACIÓN:
Servicios Sociales
943 779 100 - luz. 1210
El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.
Alcalde/ Alcaldesa/Junta de Gobierno Local
Ayuntamiento de Bergara - Servicios Sociales y Fomento de la Actividad Económica
Los datos personales contenidos en las solicitudes serán tratados bajo la responsabilidad del Ayuntamiento de Bergara, con el fin de tramitar la misma. Podrán ejercitarse los derechos amparados por la normativa vigente, dirigiéndose a la siguiente dirección:
Bergarako Udala
San Martin Agirre Plaza 1
20570 Bergara
La información complementaria se encuentra recogida en el Registro de Actividades de Tratamiento de Datos (www.bergara.eus/RAT).