Confirmación de la inscripción padronal para extranjeros comunitarios y no comunitarios con autorización de residencia permanente

¿QUÉ ES? ¿PARA QUÉ?

Confirmación periódica cada 5 años de las inscripciones en el padrón de habitantes de los ciudadanos/as extranjeros/as comunitarios/as y no-comunitarios/as con autorización de residencia permanente (denominada de "larga duración").

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Deben solicitarlo los ciudadanos/as comunitarios/as y no-comunitarios/as con autorización de residencia permanente.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

- Tarjeta de residencia expedida por las autoridades españolas en vigor o pasaporte en vigor de su país de nacionalidad (si se halla caducado, además, resguardo de su renovación). La renovación se realizará preferentemente con el NIE.

- En el caso de menores de edad: La solicitud de renovación deberá firmarse por los progenitores o representante legal responsable del/a menor, de los cuales se adjuntará fotocopia del documento de identidad. Si se empadrona con uno sólo de los progenitores se deberá acreditar la autorización del otro progenitor o presentar documentación de la tenencia de su tutela (sentencia judicial).

- Si ya se posee Autorización de Residencia Permanente (denominada de "Larga Duración" a partir de 2011) o Documento Nacional de Identidad español, se deberán presentar aquéllos igualmente, con el fin de excluir al solicitante del listado de bajas a tramitar.

¿DÓNDE SE SOLICITA?

    Presencial:
  • Oficina Bertan
    San Juan 5 20130 URNIETA
    7:30-14:30
    943008000
    943008037

                        ¿CUÁNTO CUESTA?

                        Gratuito

                        PLAZO DEL PROCEDIMIENTO

                        • Plazo estimado: Inmediato

                        NORMATIVA APLICABLE

                        PROCEDIMIENTO A SEGUIR DESPUÉS DE LA SOLICITUD

                        No corresponde

                        ¿QUIÉN LO APRUEBA?

                        No corresponde

                        DEPARTAMENTO MUNICIPAL RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN

                        No corresponde

                        OBSERVACIONES

                        El ayuntamiento remitirá al interesado aviso por carta certificada de la obligación de la confirmación de la inscripción padronal, con indicación de la fecha límite de la misma.

                        En caso de no recibirse la solicitud de confirmación en el plazo fijado, se procederá a la tramitación de la baja de la inscripción padronal mediante el trámite denominado baja de oficio.

                        PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

                        Actividad de tratamiento: PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

                        Fines y licitud:Gestión municipal del padrón de habitantes. Desarrollo de competencias en base a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local

                        Cesiones previstas:Los datos personales podrán ser comunicados al INE, EUSTAT y otras Administraciones Públicas como Diputación Foral de Gipuzkoa Ayuntamientos, Mancomunidades. Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Sociedad Pública Kulturnieta.

                        Nota: La persona interesada tiene derecho de acceso, rectificación, supresión de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento mediante el envío de una comunicación a la dirección del Ayuntamiento o al correo electrónico dbo-dpd@urnieta.eus.

                        Más información: registro de actividades de tratamiento [PDF]