Subvenciones para el sistema de alumbrado en núcleos rurales

¿QUÉ ES? ¿PARA QUÉ ES?

Subvenciones destinadas a la financiación del consumo de energía en aquellos puntos de luz instalados en el exterior de edificaciones aisladas del núcleo principal de barrio rural y que no tengan iluminación exterior pública y que cumplan los siguientes objetivos:

— Iluminación de la entrada principal del edificio.

— Señalización del edificio.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Personas físicas o jurídicas que tengan su residencia fiscal o estén empadronadas en el municipio de Eskoriatza con anterioridad al 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria de las ayudas y sean propietarias en el área rural de una edificación objeto de la subvención cuyo uso sea alguno de los siguientes:

— Residencial.

— Uso general, tales como ermitas, auzo-locales.

Todos los inmuebles deberán de estar dados de alta en el catastro correspondiente.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Impreso de solicitud.En el impreso de solicitud, declaración expresa de los siguientes términos:

    No hallarse incurso en ningún proceso de devolución económica ante la administración.

    No haber solicitado otra subvención para la misma actividad. En caso de haber solicitado/recibido otra subvención, será necesario presentar el justificante del mismo.

    No haber incurrido en discriminación sexual ni haber recibido sanción administrativa o penal por ese hecho.

    Que sus fines y objetivos no son contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres.

  • Anexo correctamente cumplimentado.(En las solicitudes online, es necesario adjuntar este anexo)
  • El Ayuntamiento de Eskoriatza solicitará directamente a otras administraciones los datos necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Si la persona solicitante en la propia solicitud se opusiera a ello, deberá presentar la documentación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

¿DONDE SE SOLICITA?

    Presencial:
  • H@ZI
    Udaletxea
    Fernando Eskoriatza plaza 1 20540 ESKORIATZA
    08:00-14:30
    943 714 407

        Por correo ordinario:
      • Eskoriatzako Udala.
        Fernando Eskoriatza plaza 1 20540 ESKORIATZA

          MÁS INFORMACIÓN:
        • Servicio de Urbanismo
          Udaletxea
          Fernando Eskoriatza plaza 1, 1. solairua 20540 ESKORIATZA
          626 716 944

          COSTE

          El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.

          PLAZO DE RESOLUCIÓN

          • Plazo estimado: tres meses.
          • Plazo legal: tres meses.
          • Efecto del silencio administrativo: no procede.

          NORMATIVA LEGAL

          PROCEDIMIENTO A SEGUIR DESPUÉS DE LA SOLICITUD

          • Recoger la solicitud, comprobar la documentación, escanear, registrar la entrada y facilitar justificante del registro a la persona solicitante.
          • En caso de estar incompleto y ante la insistencia de registrar, registrar y emitir solicitud de subsanación.
          • Remitir la solicitud y la documentación a Obras y servicios
          • Informe técnico, Urbanismo.
          • En el caso de que falte algún documento se concederá un plazo de 10 días para su subsanación, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida su solicitud.
          • Propuesta de la Comisión Informativa de Territorio y Desarrollo económico sostenible.
          • Resolución de Alcaldía.
          • Notificar a la persona solicitante.
          • Comunicar al área encargado de realizar el abono de la subvención.

          ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

          Alcalde/Alcaldesa

          ÁREA RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN

          Urbanismo - Anteiglesias

          NOTAS

          Los gastos susceptibles de subvención serán referidos a consumos del año de la convocatoria y deberán ser relativos a puntos de luz que cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:

          • Hayan sido instalados o autorizados por el ayuntamiento.
          • Iluminen el acceso a edificios residenciales o edificios de uso general (ermitas, auzo-locales o similares) que estén dados de alta en el catastro y se encuentren aislados del núcleo principal del barrio.
          • No exista iluminación exterior pública.
          • El sistema de encendido del punto de luz debe de estar en funcionamiento.

          El Ayuntamiento podrá exigir la devolución de la subvención cuando por cualquier circunstancia dejen de verificarse las condiciones establecidas.

          La solicitud implicará la autorización al Ayuntamiento de Eskoriatza para que realice las actuaciones de comprobación que resulten procedentes, a los efectos de verificar la información facilitada por las personas solicitantes, la concurrencia de los requisitos exigidos y el cumplimiento de las obligaciones de la entidad beneficiaria derivadas de la concesión.

          PROTECCIÓN DATOS PERSONALES

          PROTECCIÓN DE DATOS

          Los datos personales contenidos en las solicitudes serán objeto de tratamiento por parte del Ayuntamiento de Eskoriatza con la finalidad de tramitar esas solicitudes.

          El uso de dichos datos se restringirá exclusivamente a la gestión municipal, pudiendo procederse a su cesión o comunicación a otras Administraciones Públicas o terceros en los supuestos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

          En cuanto a los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de los datos, se podrán ejercer ante el Ayuntamiento a través de estos medios:

          Presencialmente:

          Eskoriatzako Udala - Ayuntamiento de Eskoriatza

          Fernando Eskoriatza plaza

          20540 Eskoriatza

          Telemáticamente: Solicitud general