Comunicación que se efectúa al Ayuntamiento con 7 días hábiles de antelación al inicio de las obras para la ejecución de obras en el interior de los edificios que no afecten a las condiciones de habitabilidad, que no supongan cambio de uso, ni del número de viviendas y que no afecten a elementos estructurales del edificio.
Dichas obras serán:
Cualquier persona física o jurídica o su representante legal.
01 - Quedan fijados los siguientes tipos de gravamen: | |
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Las obras de construcción de viviendas, bajos y garajes promovidas por el Gobierno Vasco bajo el régimen jurídic y económico de viviendas de protección oficial | 2,66 % |
Resto de obras | 5 % |
Obras de rehabilitación integral o sustitución de edificios | 2 % |
01 - Licencia de obras | |
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Licencias de viviendas | 0,31 Obra aurrekontuaren % |
Licencias para industrias y servicios | 0,31 Obra aurrekontuaren % |
Urbanismo - Urbanismo
1.- NO SE CONCEDERÁ AUTORIZACIÓN:
2.- PRESUPUESTO: el presupuesto declarado por el solicitante será comprobado por lo servicios técnicos municipales, y, en su caso, se practicará la oportuna liquidación complementaria.
3.- OBSERVACIONES:
El sello de registro de entrada, para conocer la actuación, equivaldrá al enterado de la Administración municipal, siempre y cuando se acompañen todos los documentos señalados en el impreso normalizado pues de lo contrario dicha comunicación no surtirá efectos legales.
Podrán realizar las actuaciones que comunican, pasados 7 días hábiles contados desde la fecha de Registro Municipal, si transcurrido dicho plazo no ha recibido notificación fehaciente que indique lo contrario. Excepcionalmente el plazo podrá extenderse a 15 días hábiles, supuesto excepcional que deberá comunicar la administración en el momento de registrar la solicitud.
Si la documentación y el impreso son correctos y una vez dada la conformidad de los técnicos municipales, se estimará concluso el expediente y se ordenará, sin más trámites, el archivo de la comunicación, produciendo los efectos de la licencia urbanística.
La Administración se reserva, en todo caso, el posible control ulterior respecto a las obras comunicadas.El documento de solicitud de licencia por procedimiento de enterado de obra deberá hallarse en poder de la persona que esté al frente de la obra, con la obligación de ser presentado a la persona del Ayuntamiento cuando se requiera.El promotor y constructor deberán cumplir las normas sobre seguridad e higiene en el trabajo en la ejecución de los mismos.
La actuación comunicada se entenderá otorgada a salvo del derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros y del permiso que, en su caso corresponda otorgar a otros organismos distintos del Ayuntamiento, en cuyo caso, la correspondiente autorización, ha presentarse junto con el resto de la documentación.
Estas obras no pueden afectar a edificios catalogados, elementos protegidos, edificios declarados bien de interés cultural ni a edificios fuera de ordenación, asimismo se entiende que afectan a edificios, viviendas, parcelas o instalaciones totalmente legales.
Gestión de ayudas económicas: https://debagoiena.eus/es/suradesa
PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales contenidos en las solicitudes serán objeto de tratamiento por parte del Ayuntamiento de Eskoriatza con la finalidad de tramitar esas solicitudes.
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Presencialmente:
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Fernando Eskoriatza plaza
20540 Eskoriatza
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