Subvenciones a asociaciones que desarrollan sus actividades en el ámbito de los servicios sociales
¿QUÉ ES? ¿PARA QUÉ ES?
Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollan su actividad en el ámbito de los servicios sociales.
Estas subvenciones las publica el Ayuntamiento anualmente.
El plazo para solicitar las subvenciones de 2024 a finalizado.
GI045
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Podrán optar a las subvenciones las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro de asociaciones del Gobierno Vasco, que desarrollan y/o atiendan actividades en el ámbito del municipio de Eskoriatza o atiendan en sus servicios a residentes de Eskoriatza, que sean coincidentes con el objeto del presente programa de ayudas.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
1. Solicitud de subvención. En el impreso deberá declarar:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social y la Hacienda Foral.
- No hallarse incurso en ningún proceso de devolución económica ante la administración.
- No haber solicitado otra subvención para la misma actividad. Si se ha solicitado, documentación sobre la ayuda solicitada.
- No haber recibido sanción administrativa o penal por discriminación sexual o por infringir la normativa vigente y aplicable en materia de igualdad entre hombres y mujeres.
- Que sus fines y objetivos no son contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
- Que no está incurso en ninguna de las causas de prohibición de los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.
2. Recogida de datos sobre la asociación (Anexo I).
El Ayuntamiento de Eskoriatza solicitará directamente a otras administraciones los datos necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligación estributarias y con la Seguridad Social por parte del solicitante. En el caso de que la persona solicitante se oponga a ello en la instancia, deberá presentar la documentación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia, y en consecuencia, en las actividades que impliquen un contacto habitual con personas menores de edad, se deberá aportar certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Este certificado deberá tener una antigüedad máxima de 6 meses.
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JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Para la justificación de la subvención será requisito indispensable haber realizado las actividades subvencionadas y presentar en el Ayuntamiento la siguiente documentación:
- Solicitud general.
- Junto con el impreso se deberá adjuntar la memoria justificativa del proyecto subvencionado (Anexo II). En dicha memoria se recoge, entre otros, la siguiente información:
- Balance de ingresos y gastos realizados con motivo del proyecto subvencionado, de manera que se pueda comprobar que se ha ajustado al presupuesto inicial presentado. Dicho balance deberá de estar aprobado por el órgano competente y certificado por quien represente a la entidad. Para comprobar la medida en que se ha ajustado el balance al presupuesto inicial presentado, se acompañará con la justificación el cuadro de desviaciones del balance con respecto al presupuesto inicial, y en el caso de que en el mismo se observen desviaciones, se cumplimentará el informe de justificación de las mismas.
- Una relación clasificada de los gastos que ha generado el proyecto (CUENTA JUSTIFICATIVA), con identificación de la entidad acreedora, número de la factura o documento de valor probatorio equivalente, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.
- Declaración de otras ayudas solicitadas.
- Para acreditar obligaciones relacionadas con la igualdad:
- Según el caso y si no se ha solicitado anteriormente, se presentará documentación gráfica: carteles, programas, folletos, ...
- Para acreditar obligaciones relacionadas con la prevención de las adicciones:
- Según el caso y si no se ha solicitado anteriormente, se presentará documentación gráfica: carteles, programas, folletos, ...
3.-Justificación de los gastos:
- Los gastos se justificarán mediante facturas originales (con acreditación de su pago) debidamente cumplimentadas de los gastos realizados en el ejercicio de la actividad. Las facturas habrán de presentarse por el conjunto de la actividad subvencionada aun cuando el otorgamiento de la subvención municipal sea inferior al presupuesto inicial.
- Todos los gastos que se justifiquen deberán estar datados durante el año en que se haya concedido la subvención, y corresponder al proyecto objeto de subvención.
- Las facturas deberán incluir como mínimo lo siguiente:
- Datos completos de la empresa o persona física emisora: denominación, domicilio, CIF o DNI.
- Estarán expedidas a nombre de la entidad beneficiaria de la subvención, haciendo constar su denominación, domicilio y CIF, concepto, unidades, coste total por unidad, coste total e IVA desglosado o incluido, nº de factura, fecha de emisión y forma de pago. Deberá constar la referencia normativa en caso de operaciones exentas de IVA.
- Para la justificación de los gastos de personal:
- Relación certificada por quien represente a la entidad de todo el personal que se imputa a la actividad, con especificación de las tareas o funciones que ha realizado, tiempo de dedicación y coste.
- Contratos, nóminas, boletines de cotización a la Seguridad Social (documentos TC/1 y TC/2) o los que sustituyan reglamentariamente y documentos de ingreso en Hacienda de las retenciones practicadas en concepto de I.R.P.F
¿DONDE SE SOLICITA?
MÁS INFORMACIÓN:- Servicios Sociales
Udaletxea
Fernando Eskoriatza plaza 1, beheko solairua 20540 ESKORIATZA
943 713 136
COSTE
El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
- Plazo estimado: dos meses.
- Plazo legal: dos meses.
- Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
NORMATIVA LEGAL
- Ordenanza general reguladora del régimen de concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Eskoriatza
- DECRETO 30/2015, de 17 de marzo, de las ayudas económicas de apoyo a las familias con hijos e hijas a cargo
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza para el periodo 2024-2027
- DECRETO LEGISLATIVO 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias
- Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia
PROCEDIMIENTO A SEGUIR DESPUÉS DE LA SOLICITUD
- Recoger la solicitud, comprobar la documentación, escanear, registrar la entrada y facilitar justificante del registro a la persona solicitante.
- Remitir al área responsable de la tramitación la solicitud y la documentación.
- Informe técnico, Servicios Sociales.
- Propuesta de la Comisión Informativa de Servicios Sociales y Deporte.
- Resolución de Alcaldía.
- Notificar a la persona solicitante.
- Comunicar a Tesorería.
- Realizar el pago en la cuenta corriente indicada en la solicitud.
ÓRGANO DE RESOLUCIÓN
Alcalde/Alcaldesa
ÁREA RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN
Servicios sociales - Servicios sociales
NOTAS
- Comprobar si la entidad solicitante tiene deudas pendientes con el Ayuntamiento.
- Se trata de una convocatoria publicada anualmente y cuyo plazo de presentación de solicitudes se especifica en cada convocatoria.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Deberán tener debidamente justificada la subvención concedida por este Ayuntamiento en años anteriores.
- En cuanto al plazo de justificación, la documentación requerida deberá presentarse a finales del mes de noviembre del año de la convocatoria.
PROTECCIÓN DATOS PERSONALES
PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales contenidos en las solicitudes serán objeto de tratamiento por parte del Ayuntamiento de Eskoriatza con la finalidad de tramitar esas solicitudes.
El uso de dichos datos se restringirá exclusivamente a la gestión municipal, pudiendo procederse a su cesión o comunicación a otras Administraciones Públicas o terceros en los supuestos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En cuanto a los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de los datos, se podrán ejercer ante el Ayuntamiento a través de estos medios:
Presencialmente:
Eskoriatzako Udala - Ayuntamiento de Eskoriatza
Fernando Eskoriatza plaza
20540 Eskoriatza
Telemáticamente: Solicitud general