Recepción de la documentación e instancias que las y los ciudadanos quieran dirigir al Ayuntamiento.
Toda persona interesada o su representante legal.
Documentos en que funde su derecho. Dependiendo del tipo de procedimiento que deba incoarse a partir de la solicitud, habrá una documentación mínima exigible. Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación.
El Ayuntamiento asumirá el coste de la gestión, si bien se deberá comprobar que el documento registrable está sometido a tasa o impuesto de pago en el acto.
Secretaría
SECRETARÍA - Secretaría
No corresponde