Solicitud de exención: tasas de agua, alcantarillado y basuras

¿Qué es? ¿Para qué?

Solicitar la exención del pago de tasas por suministro domiciliario de agua, alcantarillado y recogida de la basura.

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán solicitar la exención de tasas todas aquellas unidades convivenciales de Andoain que reúnan las condiciones que se recogen en las Ordenanzas Fiscales y se encuentren empadronados en Andoain con una antigüedad mínima de 1 año a la fecha de solicitud.

A estos efectos tendrá la consideración de unidad convivencial, la constituida por todos los miembros inscritos en el padrón municipal de habitantes, en el mismo domicilio que la persona solicitante.

Nº miembros Coeficiente Ingresos anuales

  • 1 ó 2 ........................... SMI x 1,25 .................... 17.500,00€
  • 3 ó 4 ........................... SMI x 1,45 .................... 20.300,00€
  • >=5 ............................. SMI x 2,05 .................... 28.700,00€

(*) SMI (Salario mínimo interprofesional)

Ingresos:

  • Base imponible de la declaración de la renta del ejercicio anterior, en caso de haberla presentado.
  • Rendimientos brutos del ejercicio anterior, en caso de no haber presentado la misma

Límites patrimoniales de la unidad convivencial

  • La propiedad de la vivienda habitual no se tendrá en cuenta, siempre que su valor catastral no exceda de 200.000,00 €
  • La persona titular y/o quien forme la unidad convivencial no puede ser propietaria de una segunda vivienda cuyo valor catastral supere los 30.000€ y cuando sea titular en un 50% o más de de la propiedad de la misma.
  • Patrimonio económico: superior a 36.000,00 €.
  • Tampoco se tendrán en cuenta los garajes y trasteros sitos en el mismo edificio o bloque de viviendas, o en su caso del garaje más próximo al domicilio habitual siempre que el valor catastral de todos ellos no supere 30.000,00 €.
  • Si además de la vivienda habitual, los miembros de la unidad convivencial son propietarios/as de otros bienes de naturaleza urbana o rústica que. la comisión determine de valor computable, no corresponderá la exención.
  • Para consultar valores considerados no computables: Ordenanzas fiscales

Documentación a aportar

De acuerdo con el art. 28 de la Ley 39/2015 y el art. 6.1. del Reglamento (UE) 2016/679, el ayuntamiento de Andoain consultará directamente, salvo que la persona interesada se opusiera a ello, en la Hacienda Foral de Gipuzkoa y a través del nodo de interoperabilidad NISAE, la información necesaria para determinar el cumplimiento de las condiciones para acceder a la exención, y en particular los siguientes datos: declaración de la renta del ejercicio anterior; bienes inmuebles en Gipuzkoa y fuera de la provincia; nivel de patrimonio y nivel de cuentas bancarias:

De acuerdo con el artículo del Reglamento (UE) 2016/679 de Protección de Datos, de 27 de abril de 2016, la persona solicitante podrá oponerse a la consulta de sus datos, debiendo alegar los motivos de su oposición, en cuyo caso, el ayuntamiento podría obligarle a presentar los correspondientes certificados.

¿Dónde/Cómo solicitar?

          ¿Cuánto cuesta?

          No tiene coste alguno.

          Plazo de tramitación o resolución

          • Plazo máximo legal: 6 meses
          • Carácter del silencio administrativo: Negativo

          Normativa aplicable

          Procedimiento a seguir tras la solicitud

          1. Presentación de la solicitud junto con la documentación.
          2. Dictamen de la Comisión Informativa de Servicios Sociales
          3. Acuerdo de la Junta de Gobierno estimando o desestimando la solicitud.

          ¿Quién lo aprueba?

          Junta de Gobierno Local, por delegación de Alcaldía

          Departamento responsable tramitación

          Intervención - Rentas y Exacciones: 943 300 826 o errentak@andoain.eus

          Otros aspectos de interés

          • Plazo para presentar solicitud: hasta el 30 de noviembre.
          • Tendrá efectos a partir del siguiente ejercicio a la presentación de la solicitud, debiendo ser renovada ésta todos los años.
          • Los beneficiarios deberán poner en conocimiento del Ayuntamiento cualquier variación que se produzca en la situación económica de cualquier miembro de la unidad familiar. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la pérdida de la exención concedida hasta esa fecha.

          Protección de datos de carácter personal

          Nombre del Fichero: Recaudación

          Código AVPD: M06

          Finalidad del fichero: Gestión de la recaudación municipal

          Cesiones previstas: Diputación Foral de Gipuzkoa y bancos

          Nota: Con el fin de gestionar el objeto de la solicitud, puede que la solicitud sea incorporada a otro fichero.

          El/la firmante consiente que sus datos personales sean objeto de tratamiento, así como su cesión, si está previsto.

          Se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición ante el Ayuntamiento.

          Más información: LOPD