Registro Entrada: recepción de escritos

¿Qué es? ¿Para qué?

El Registro de Entrada y Salida es la vía oficial para entregar o recibir cualquier tipo de solicitud y/o documentación. En él queda constancia de todos los escritos presentados en el Ayuntamiento y los remitidos por éste. También los dirigidos a las administraciones que tienen convenio con el Ayuntamiento, esto es, Diputación y Gobierno Vasco.

Dos formas de registrar un escrito:

  1. Presencialmente: en Ataria - Servicio de Atención Ciudadana. Todos los días, salvo sábados, domingos y festivos. Ver fitxa M001
  2. Por internet: a través de los Servicios Telemáticos. Todos los días del año, las 24 horas.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona interesada o su representante.

Documentación a aportar

  1. Dependiendo del tipo de procedimiento que deba incoarse a partir de la solicitud, habrá una documentación mínima exigible.
  2. Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación.
  3. Para acceder a los Servicios Telemáticos es necesario un sistema de identificación: una tarjeta con firma digital (IZENPE, CAMERFIRMA, FNMT o DNI-e) o la B@kQ que puedes solicitar en el Ayuntamiento (también en el ambulatorio y en KZgunea).

¿Dónde/Cómo solicitar?

        El Ayuntamiento de Andoain está adherido al Servicio SIR (Sistema de Interconexión de Registros), a través del cual las personas interesadas podrán presentar solicitudes y otros documentos dirigidos al ayuntamiento en otras administraciones de forma segura y con conformidad legal. Por lo tanto, también se pueden registrar:

        • Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de cualquier la administración pública (ayuntamientos, diputaciones, comunidades autónomas, administración del estado u organismos dependientes) integrada en el SIR.
        • En el servicio ORVE de Correos.

        ¿Cuánto cuesta?

        El registro del documento no tiene coste, si bien se deberá comprobar que el documento registrable está sometido a tasa o impuesto de pago en el acto.

        Plazo de tramitación o resolución

        • Plazo máximo legal: La solicitud se registra al momento. El plazo de resolución dependerá del contenido de la solicitud y el tipo de procedimiento a que dé lugar.

        Normativa aplicable

        Procedimiento a seguir tras la solicitud

        A través de internet: puedes registrar una solicitud o escrito y consultar las registradas anteriormente:

        Consulta de registros:

        1. Haz click sobre el banner azul Iniciar tramitación online.
        2. Identifícate mediante certificado electrónico o B@kQ.
        3. Aparecerán en pantalla todos los registros (de entrada y de salida). Clikando sobre cada uno de ellos accederás a todos los datos (fecha, hora, número, asunto...) y descargar e imprimir los documentos incorporados al mismo.

        Registrar un escrito:

        1. Haz click sobre el banner azul Iniciar tramitación online.
        2. Haz click sobre Dar de alta un nuevo registro.
        3. Una vez en la página:
        • Escribe un extracto de la solicitud (220 caracteres máximo) y expón los motivos de tu solicitud (2000 caracteres máximo).
        • Puedes adjuntar a la solicitud cualquier tipo de escrito, foto o dibujo, siempre que sea menor de 50 Mb. Si el formato de archivo no es compatible, puedes enviarlo en un ZIP o RAR.
        • Puedes obtener el justificante del registro.

        ¿Quién lo aprueba?

        No procede

        Departamento responsable tramitación

        ATARIA - Servicio de Atención Ciudadana - 943 300 830 o ataria@andoain.eus

        Otros aspectos de interés

        • Las solicitudes dadas de alta a través del Registro Telemático se tramitan del mismo modo que las dadas por el Registro Presencial.
        • Mediante la opción Ir a otro ayuntamiento de Gipuzkoa, situada en la parte superior derecha de esta misma página, puedes cambiar de ayuntamiento y consultar también las tasas e impuestos que puedas tener en el mismo.

        Protección de datos de carácter personal

        Nombre del Fichero: Registro de entradas y salidas

        Código AVPD: M07

        Finalidad del fichero: Registro y control de la documentación que entra y sale del Ayuntamiento tanto en papel como de forma telemática

        Cesiones previstas: No se realizan

        Nota: Con el fin de gestionar el objeto de la solicitud, puede que la solicitud sea incorporada a otro fichero.

        El/la firmante consiente que sus datos personales sean objeto de tratamiento, así como su cesión, si está previsto.

        Se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición ante el Ayuntamiento.

        Más información: LOPD